Título SECCIÓN PRIMERA›Capítulo EL PARLAMENTO EUROPEO
Art. 225
(antiguo artículo 192, párrafo segundo, TCE)
En vigor desde 7 jun 2016
Por decisión de la mayoría de los miembros que lo componen, el Parlamento Europeo podrá solicitar a la Comisión que presente las propuestas oportunas sobre cualquier asunto que a juicio de aquél requiera la elaboración de un acto de la Unión para la aplicación de los Tratados. Si la Comisión no presenta propuesta alguna, comunicará las razones al Parlamento Europeo.
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Procelex:12016E/TXT#art-225