Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección quinta. Reunión y funcionamiento de las Comisiones
Art. 64 bis
En vigor desde 15 nov 2025
Las actas de las sesiones de las Comisiones y los acuerdos de las reuniones de sus Mesas con la asistencia de sus Portavoces, se publicarán en la página web del Senado una vez aprobadas. No obstante, las actas que queden sin aprobar como consecuencia del fin de la Legislatura se publicarán en la página web del Senado con la advertencia de tal circunstancia.
Se añade por el art. único.53 de la Reforma del Reglamento de 12 de noviembre de 2025. Ref. BOE-A-2025-23055
Tus anotaciones
Proeli/es/reg/1994/05/03/(1)#art-64-bis