Capítulo CAPÍTULO UNDÉCIMO
Art. Regla transitoria primera
En vigor desde 12 jun 2018
Los representantes y agentes del mercado dispondrán de un plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente resolución para adaptarse a lo dispuesto en la regla de «Alta de las unidades de venta o de adquisición en el Sistema de Información del Operador del Mercado» sobre nueva configuración de las unidades de oferta.
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Proeli/es/res/2018/05/09/(1)#regla-transitoria-primera