Art. Vigésimo
En vigor desde 22 jul 2014
El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad dará publicidad al presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y las Comunidades Autónomas en sus respectivos Diarios Oficiales.
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Proeli/es/res/2015/06/09/(4)#vigesimo