Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición final

En vigor desde 12 mar 2025
La presente modificación entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/res/2025/03/05/(1)#disposicion-final

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil