Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 25

El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes organizará las oficinas de justicia en los municipios que pertenezcan a su ámbito competencial, mediante la elaboración y aprobación de las correspondientes relaciones de puestos de trabajo, y dotará los puestos que requieran las necesidades organizativas de este servicio.
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eli/es/res/2025/03/05/(6)#art-25

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