Art. Cuarto

En los supuestos en los cuales, por la operativa del servicio de transporte o por la regulación aplicable, el documento electrónico de control administrativo (DeCA) también se utilice con una finalidad contractual y se deban incluir firmas, en estos casos se utilizará como mínimo la firma electrónica avanzada (en inglés AdES: Advanced Electronic Signature ) definida en el Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por la que se deroga la Directiva 1999/93/CE (Reglamento eIDAS). También serán válidas las firmas electrónicas cualificadas (en inglés QES: Qualified Electronic Signature ) del Reglamento eIDAS.
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eli/es/res/2026/06/05/(2)#cuarto

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