Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1. Modelo de costes.

Art. Vigésimo noveno

En vigor desde 7 ago 2011
Se procurará establecer una relación directa entre los costes de sueldos y salarios, seguridad social a cargo del empleador y previsión social de funcionarios de manera individual por actividades teniendo en cuenta el tiempo efectivamente trabajado en caso de que dicho trabajo se haya efectuado en más de una actividad. Para el resto de costes de personal se intentará efectuar una asignación directa persona a persona. En caso de que no exista información suficiente en la entidad se procederá a su asignación en función del criterio que en cada caso se considere que refleja mejor la relación causal entre dichos costes y las actividades consuntivas de los mismos o bien se procederá a la asignación en función de los criterios definidos en el apartado trigésimo primero en lo relativo a la imputación de costes pendientes. El resto de costes se asignará a actividades, en caso de que no pueda producirse una asignación directa, en función del criterio que en cada caso se considere que refleja mejor la relación causal entre dichos costes y las actividades consuntivas de los mismos o bien se procederá a la asignación en función de los criterios que definidos en el apartado Trigésimo primero en lo relativo a la imputación de costes pendientes.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/res/2011/07/28/(4)#vigesimo-noveno

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil