Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1. Modelo de costes.

Art. Trigésimo cuarto

En vigor desde 7 ago 2011
Teniendo en cuenta que en fases anteriores las denominadas actividades auxiliares cedieron su coste a centros, y a través de ellos a actividades, y que el coste de las actividades DAG es el que ahora debe ser imputado, las únicas actividades receptoras en esta fase serán las que se denominan actividades finalistas o principales y asimiladas. En cuanto a las actividades DAG, junto a actividades generales cuyo destino es ser imputadas a todas (o al menos a una gran mayoría) de las actividades potencialmente receptoras, pueden existir actividades DAG cuyo destino es ser imputadas exclusivamente a las actividades finalistas (y asimiladas, en su caso) con las que se relacionen. En base a esas características, las opciones para efectuar el correspondiente reparto serán las siguientes: 1. El criterio de reparto podrá ser distinto para cada actividad DAG a repercutir. 2. Cada actividad DAG podrá imputarse a todas o varias actividades finalistas y asimiladas. En cuanto a los criterios a utilizar, éstos deberán ser lo suficientemente amplios como para que todas las actividades finalistas o principales puedan recibir costes de aquellas DAG más generales y lo suficientemente específicos como para que aquellas actividades DAG mas restringidas por su ámbito o su temática tengan un reparto más ajustado. 3. En caso de que no existan criterios que permitan una mejor relación causal para la asignación de costes entre actividades DAG y las actividades finalistas o principales se optará por una de estas tres posibilidades: 3.1 Criterio basado en los porcentajes que determinen el responsable o los responsables de los centros que realizan la actividad directiva, administrativa y general o asimilada a repartir cuando estos sean capaces de justificarlo adecuadamente ante agentes externos. Si esto no fuera posible, se utilizarán los criterios 3.2 ó 3.3. 3.2 Criterio basado en el número de personas equivalentes que trabajan para cada actividad receptora. 3.3 Criterio basado en el coste ya asociado a cada actividad receptora.
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eli/es/res/2011/07/28/(4)#trigesimo-cuarto

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