Art. Quinto

En vigor desde 6 jul 2024
La presente resolución surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», publicación que se ha de realizar en cumplimiento del artículo 7.1, párrafo final, de la Ley 3/2013, de 4 de junio.
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eli/es/res/2024/06/27/(5)#quinto

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