Art. 1
En vigor desde 4 jun 2010
1. La presente Resolución tiene como objeto la regulación del Registro electrónico de la Agencia Española de Protección de Datos en adelante «Registro Electrónico», para la recepción y remisión, por vía electrónica, de solicitudes, escritos y comunicaciones en el ámbito de los procedimientos y actuaciones incluidos en el anexo I y en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, y en el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la citada Ley.
2. El acceso de los interesados al Registro Electrónico estará disponible a través de la Sede Electrónica del Agencia Española de Protección de Datos en la dirección sedeagpd.gob.es y en la dirección electrónica www.agpd.es
3. El registro Electrónico será único para todos los órganos de la Agencia Española de Protección de Datos.
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Proeli/es/res/2010/05/24/(1)#art-1