Art. 7.
En vigor desde 14 sept 2005
Cada unidad comercializada deberá incorporar un marcado inalterable en una placa de metal sólidamente fijada en la cara interior de la puerta. El marcado debe incluir al menos:
Nombre y código de identificación del fabricante.
Año de fabricación.
Identificación del polvorín: nombre, modelo, número de serie, etc.
Referencia de autorización.
Designación de la Especificación Técnica.
Historial de versiones
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Tus anotaciones
Proeli/es/res/2005/08/24/(3)#7