Art. Segundo

En vigor desde 24 feb 2019
1. La Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) organizará la evaluación de Bachillerato de los estudiantes procedentes de los centros docentes españoles situados en el exterior del territorio nacional. En el caso de los estudiantes procedentes de los centros españoles en Marruecos, esta prueba será organizada por la Universidad de Granada. 2. Los alumnos podrán elegir entre las modalidades y materias recogidas en el anexo a esta resolución, de conformidad con el artículo 3 de la Orden PCI/12/2019, de 14 de enero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, y las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas en el curso 2018-2019. En la prueba correspondiente a la Primera Lengua Extranjera, los estudiantes podrán elegir entre francés, inglés, italiano o portugués. 3. La evaluación de Bachillerato organizada por la UNED se realizará en las sedes de los centros docentes de titularidad del Estado español en el exterior o en los lugares que acuerde el órgano competente de esta universidad con las correspondientes Consejerías de Educación en el exterior. 4. La evaluación de Bachillerato organizada por la Universidad de Granada para los estudiantes de los centros españoles en Marruecos se realizará en los lugares que acuerde el órgano competente de esta universidad con la Consejería de Educación en Marruecos.
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eli/es/res/2019/02/22/(2)#segundo

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