Art. 5.
En vigor desde 7 may 2017
5. Solicitudes. Documentación que deberá presentarse
5.1 Las solicitudes de reconocimiento deberá presentarse, con carácter general al menos tres meses antes de la fecha prevista de inicio del concurso, e irá dirigida a la Dirección General de la Industria Alimentaria del MAPAMA.
Podrán establecerse excepciones fundamentadas para el caso de solicitudes referidas al año 2017.
5.2 Dichas solicitudes deberán incluir el nombre y dirección de la entidad organizadora, las bases del concurso, que describirá, como mínimo, el ámbito del concurso, fecha y lugar de celebración, los tipos de vino que pueden concurrir, la composición y características del jurado, con indicación de sus miembros, copia de la ficha de cata, número de distinciones y procedimiento de concesión, procedimiento de toma de muestras y seguimiento de los vinos premiados, así como un memoria de la celebración de la anterior edición del concurso.
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Proeli/es/res/2017/03/21/(4)#5