Capítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 1.ª De los asuntos que corresponden al Consejo

Art. 38

En vigor desde 29 dic 2019
1. La CNMV revisará periódicamente su normativa vigente para adaptarla a los principios de buena regulación y para comprobar la medida en que las normas en vigor han conseguido los objetivos previstos y si estaba justificado y correctamente cuantificado el coste y las cargas impuestas en ellas. El resultado de la evaluación se plasmará en un informe que se hará público en el Portal de Transparencia de la CNMV. 2. La CNMV aprobará anualmente un plan normativo que contendrá las iniciativas reglamentarias que vayan a ser elevadas para su aprobación en el año siguiente. Una vez aprobado, el plan anual se publicará en el Portal de Transparencia de la CNMV.
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eli/es/res/2019/12/19/(1)#art-38

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