Art. Primero
En vigor desde 21 oct 2022
Se establecen las características de los certificados sanitarios en el marco de los viajes internacionales en el contexto de la pandemia por COVID-19:
a) Certificado de vacunación: que confirme que el titular ha recibido una pauta de vacunación contra la COVID-19 valida, según lo contemplado en el apartado segundo.
b) Certificado de prueba diagnóstica: que confirme que el titular se ha realizado una prueba diagnóstica negativa, conforme se estipula en el apartado tercero.
c) Certificado de recuperación: que confirme que, tras un resultado positivo de una prueba diagnóstica, el titular se ha recuperado de una infección por el SARS-CoV-2, conforme se contempla en el apartado cuarto.
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Proeli/es/res/2022/10/18/(1)#primero