Art. Sexto

En vigor desde 5 may 2018
1. Queda, en cualquier caso, excluida de la delegación contenida en la presente disposición, la resolución de los expedientes en los que concurra, en relación con el titular del órgano destinatario de la delegación, alguna de las circunstancias que deben ser causa de la abstención legalmente establecida. 2. Estos expedientes, una vez instruidos, serán remitidos para su resolución por la Gerencia.
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eli/es/res/2018/04/18/(1)#sexto

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