Art. Duodécimo
En vigor desde 1 ene 2026
1. Los cursos deberán contar durante su impartición con, al menos:
a) Instructor/a principal: Médico/a, Enfermero/a o equivalentes.
b) Instructor/a de apoyo: Enfermero/a, Técnico/a en Emergencias Sanitarias o equivalentes.
2. Para la habilitación de los docentes por el Instituto Social de la Marina, los centros deberán aportar, por cada uno de ellos, la siguiente documentación:
a) Solicitud conforme al modelo establecido en el anexo IV.
b) A efectos de acreditar su identidad, el Instituto Social de la Marina consultará los datos de identidad del docente en las bases de datos del Ministerio del Interior. Si el docente no da su autorización a que se consulten sus datos, deberá hacerlo constar en la correspondiente solicitud (anexo IV), debiendo presentar en este caso el documento nacional de identidad o el número de identificación de extranjeros.
c) Título académico correspondiente.
d) Acreditación de la capacidad docente mediante alguno de los siguientes documentos:
1.º Diploma acreditativo de haber superado un curso en técnicas pedagógicas de al menos 80 horas, emitido por una entidad distinta a la solicitante.
2.º Documentación acreditativa de haber impartido un mínimo de 160 horas de actividad docente relacionada con la materia a impartir.
3.º Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, Certificado de Aptitud Pedagógica o equivalente.
3. El centro homologado deberá comunicar cualquier variación de su cuadro docente. En el caso de que la modificación se refiera a la inclusión de un nuevo docente, se deberá acompañar la documentación citada en el apartado 2.
Una vez comprobada y valorada la documentación por el Instituto Social de la Marina, se comunicará al centro la oportuna autorización.
4. Los docentes una vez acreditados, mantendrán su autorización para impartir cursos de formación sanitaria específica hasta la fecha de validez de la homologación del centro privado.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/res/2025/12/15/(2)#duodecimo