Art. Primero
En vigor desde 14 mar 2020
Exceptuar temporalmente a las operaciones de transporte de mercancías afectadas por estas circunstancias del cumplimiento de las normas establecidas en los artículos 6 a 9 del Reglamento n.º 561/2006.
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Proeli/es/res/2020/03/13/(2)#primero