Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 8.ª Del proceso de cierre del presupuesto, traspaso de los compromisos de gasto y otras operaciones, y la regularización de resultados
Art. Regla 55
En vigor desde 3 nov 2022
En el caso de que se hubieran producido alteraciones en la codificación de las clasificaciones orgánica, funcional o económica del presupuesto de gastos, con respecto al presupuesto anterior, al comienzo del nuevo ejercicio económico, la Intervención General de la Seguridad Social, una vez recibida de la entidad respectiva una tabla de equivalencias de las partidas afectadas, deberá proceder a actualizar según las nuevas codificaciones los compromisos de gasto a imputar al ejercicio corriente y los imputados a ejercicios posteriores al que se inicia.
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Proeli/es/res/2022/10/11/(2)#regla-55