Art. Disposición final única

En vigor desde 24 abr 2013
La presente resolución entrará en vigor el día 24 de abril de 2013, salvo lo dispuesto en el artículo 2.3 y la disposición transitoria única, que entrará en vigor el día siguiente de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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eli/es/res/2013/04/11/(3)#disposicion-final-unica

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