Capítulo CAPÍTULO II
Art. 2.
En vigor desde 26 nov 2022
Se considerarán los siguientes tipos de programación, en función de la periodicidad con la que se realizan:
1. Programaciones anuales: Se realizarán una vez en cada año de gas, proporcionándose información sobre el uso de las infraestructuras para el año de gas siguiente.
2. Programaciones mensuales: Se realizarán una vez cada mes, proporcionándose información sobre el uso de las infraestructuras para los doce meses siguientes.
3. Programaciones semanales: Se realizarán una vez a la semana, proporcionándose información sobre el uso de las infraestructuras durante 7 días, desde el sábado de cada semana hasta el viernes de la semana siguiente.
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Proeli/es/res/2022/11/10/(4)#2-1