Título REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DE LA CNMVCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 1.ª Del Consejo de la CNMV y de su Comité Consultivo

Art. 20

En vigor desde 19 jul 2003
1. Los acuerdos serán adoptados por mayoría de votos de los presentes. 2. Los empates serán dirimidos por el Presidente, mediante su voto de calidad.
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eli/es/res/2003/07/10/(1)#art-20

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