Art. Segundo
En vigor desde 26 jun 1997
El modelo de receta para la prescripción de medicamentos veterinarios en el ámbito de las Fuerzas Armadas será el que se une como anexo I a esta disposición. El número de colegiado que figura en el modelo de la receta oficial veterinaria para uso civil, se sustituye para los Veterinarios Militares por su número de documento nacional de identidad.
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Proeli/es/res/1997/06/11/117#segundo