Art. 1

Artículo 1 1.   Se autoriza la comercialización del extracto de zanahoria enriquecido con ramnogalacturonano-I (cRG-I) en la Unión. El extracto de zanahoria enriquecido con ramnogalacturonano-I (cRG-I) debe incluirse en la lista de la Unión de nuevos alimentos establecida en el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470. 2.   El anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

celex:32026R1306#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil