Art. 1
Objeto
En vigor desde 1 abr 2026
Artículo 1
Objeto
El presente Reglamento establece normas sobre:
—
los métodos de muestreo y preparación de las muestras para el análisis de los alimentos;
—
los métodos de los análisis de laboratorio, la incertidumbre de medida y la interpretación de los resultados analíticos respecto a los alimentos y los piensos;
con el fin de verificar el cumplimiento de los límites máximos de residuos de plaguicidas en alimentos y piensos de origen vegetal y animal establecidos en el Reglamento (CE) n.o 396/2005.
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