Art. 2

Método para el cálculo del índice de capitalización bursátil

En vigor desde 16 ene 2026
Artículo 2 Método para el cálculo del índice de capitalización bursátil 1.   El índice de capitalización bursátil de un Estado miembro se calculará como el cociente, expresado en porcentaje, entre la capitalización bursátil de dicho Estado miembro a 31 de diciembre del año pertinente, calculada de conformidad con el artículo 1, y la capitalización bursátil global de todos los Estados miembros de la Unión en la misma fecha. 2.   Deberá utilizarse la siguiente fórmula: donde: — MarketCapCountryi es la capitalización bursátil del país i, — N es el número total de Estados miembros.
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