Art. 2
Modificaciones del Reglamento (UE) 2015/1017
En vigor desde 16 dic 2025
Artículo 2
Modificaciones del Reglamento (UE) 2015/1017
El Reglamento (UE) 2015/1017 se modifica como sigue:
1)
El artículo 11 bis se modifica como sigue:
a)
el título se sustituye por el texto siguiente:
«Combinaciones»
;
b)
se añade el párrafo siguiente:
«La garantía de la UE podrá concederse para cubrir operaciones de financiación e inversión subvencionables con arreglo al Reglamento (UE) 2021/523 a efectos de las combinaciones a que se refiere el artículo 7, apartado 4, de dicho Reglamento, y podrá cubrir las pérdidas relacionadas con operaciones de financiación e inversión cubiertas por la ayuda combinada.».
2)
El artículo 16 se modifica como sigue:
a)
el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1. El BEI, en cooperación con el FEI cuando proceda, presentará a la Comisión una vez al año un informe sobre las operaciones de financiación e inversión del BEI reguladas en el presente Reglamento. El informe incluirá una evaluación de la conformidad con los requisitos sobre el uso de la garantía de la UE y con los indicadores clave de rendimiento a que se refiere el artículo 4, apartado 2, letra f), inciso iv). Incluirá asimismo datos estadísticos, financieros y contables sobre cada operación de financiación e inversión del BEI y también a nivel agregado.»
;
b)
se suprime el apartado 2;
c)
en el apartado 3, se añade el párrafo siguiente:
«En relación con las combinaciones a que se refiere el artículo 11 bis, el BEI y el FEI, respectivamente, facilitarán anualmente a la Comisión los estados financieros de conformidad con el artículo 212, apartado 4, del Reglamento (UE, Euratom) 2024/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo (*9). Dichos estados financieros incluirán datos contables sobre el apoyo proporcionado por la garantía de la UE con arreglo al presente Reglamento, claramente diferenciados del apoyo proporcionado por la garantía de la UE con arreglo al Reglamento (UE) 2021/523.
(*9) Reglamento (UE, Euratom) 2024/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión (DO L, 2024/2509, 26.9.2024, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/2509/oj).»."
3)
En el artículo 22, apartado 1, se suprime el párrafo quinto.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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