Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación

En vigor desde 2 jul 2025
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación El presente Reglamento establece requisitos y normas relativos a la introducción en el territorio de la Unión de tubérculos de Solanum tuberosum L., distintos de los destinados a la plantación, originarios de Egipto, para evitar la introducción y la propagación de Ralstonia solanacearum (Smith) Yabuuchi et al. emend. Safni et al. en el territorio de la Unión. Se aplica como excepción a lo dispuesto en el punto 21 del anexo VII del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2072, con respecto a la plaga especificada.
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