Art. 2

Definiciones

En vigor desde 6 may 2025
Artículo 2 Definiciones A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por: 1) «solución de cartera»: combinación de software, hardware, servicios, ajustes y configuraciones, que incluye instancias de cartera, una o más aplicaciones criptográficas seguras de cartera y uno o más dispositivos criptográficos seguros de cartera; 2) «usuario de una cartera»: usuario que tiene el control sobre la unidad de cartera; 3) «parte usuaria de la cartera»: parte que tiene la intención de confiar en unidades de cartera para la prestación de servicios públicos o privados mediante interacción digital; 4) «instancia de cartera»: aplicación instalada y configurada en el dispositivo o el entorno de un usuario de una cartera, que forma parte de una unidad de cartera y que el usuario de la cartera utiliza para interactuar con la unidad de cartera; 5) «aplicación criptográfica segura de cartera»: aplicación que gestiona activos críticos al estar vinculada a las funciones criptográficas y no criptográficas proporcionadas por el dispositivo criptográfico seguro de cartera y utilizarlas; 6) «dispositivo criptográfico seguro de cartera»: dispositivo resistente a las manipulaciones fraudulentas que proporciona un entorno vinculado a la aplicación criptográfica segura de cartera y utilizado por esta para proteger activos críticos y proporcionar funciones criptográficas para la ejecución segura de operaciones críticas; 7) «proveedor de cartera»: persona física o jurídica que proporciona soluciones de cartera; 8) «unidad de cartera»: configuración única de una solución de cartera que incluye instancias de cartera, aplicaciones criptográficas seguras de cartera y dispositivos criptográficos seguros de cartera proporcionados por un proveedor de carteras a un usuario particular de una cartera; 9) «activos críticos»: activos contenidos en una unidad de cartera o relacionados con ella, de tan extraordinaria importancia que, si su disponibilidad, confidencialidad o integridad se vieran comprometidas, el efecto sobre la capacidad para utilizar la unidad de cartera sería muy grave y debilitante; 10) «declaración de unidad de cartera»: objeto de datos que describe los componentes de la unidad de cartera o permite la autenticación y la validación de esos componentes.
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