Art. 5

Políticas y procedimientos en el contexto de la remuneración

En vigor desde 27 feb 2025
Artículo 5 Políticas y procedimientos en el contexto de la remuneración Los emisores de fichas referenciadas a activos se asegurarán, en el marco de las políticas y los procedimientos a que se refiere el artículo 32, apartado 1, del Reglamento (UE) 2023/1114, de que los procedimientos, las políticas y los mecanismos de remuneración: a) no creen un conflicto de intereses ni proporcionen a corto, medio o largo plazo incentivos para que los empleados o los miembros del órgano de dirección favorezcan sus propios intereses o los del emisor de fichas referenciadas a activos en detrimento de cualquier titular de fichas referenciadas a activos o de los accionistas o miembros del emisor de fichas referenciadas a activos; b) detecten y mitiguen cualquier posible conflicto de intereses que puedan causar la concesión de una remuneración variable, los indicadores clave de resultados subyacentes y los mecanismos de ajuste al riesgo, incluido el pago de instrumentos a los empleados o al órgano de dirección como parte de la remuneración variable o fija.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2025:1141:oj#art-5

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil