Art. 11
Evaluación estadística de los resultados de los ensayos de resistencia aerodinámica y cálculo de la magnitud de la desviación
En vigor desde 13 ene 2025
Artículo 11
Evaluación estadística de los resultados de los ensayos de resistencia aerodinámica y cálculo de la magnitud de la desviación
1. La autoridad de homologación otorgante evaluará los resultados de los ensayos de resistencia aerodinámica de cada vehículo de ensayo obtenidos de conformidad con el artículo 10 para determinar si existe o no una desviación de los valores de emisión de CO2 de la familia de resistencia aerodinámica ISV sometida a los ensayos de resistencia aerodinámica, utilizando el método establecido en el anexo II.
2. En caso de que la familia de resistencia aerodinámica ISV no supere la evaluación estadística establecida en el anexo II, la autoridad de homologación otorgante determinará la magnitud de la desviación de resistencia aerodinámica como el valor medio de CdAratio (averageratio
) definido en el anexo II para los resultados de los ensayos de resistencia aerodinámica.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2025:35:oj#art-11