Art. 43

Evaluación de las capacidades de los servicios técnicos

En vigor desde 19 dic 2024
Artículo 43 Evaluación de las capacidades de los servicios técnicos 1.   La autoridad de homologación designadora elaborará un informe de evaluación en el que se demuestre que se ha evaluado si el servicio técnico candidato y, en su caso, toda filial o todo subcontratista cumplen los requisitos establecidos en el presente Reglamento y los actos delegados adoptados en virtud de este. Dicho informe podrá incluir un certificado de acreditación expedido por un organismo de acreditación. 2.   La evaluación en la que se base el informe mencionado en el apartado 1 se realizará de conformidad con las normas establecidas en un acto delegado a que se refiere el artículo 42. El informe de evaluación se revisará como mínimo cada tres años. 3.   El informe de evaluación se comunicará a la Comisión si esta lo solicita. En tales casos, cuando la evaluación no se base en un certificado de acreditación expedido por un organismo nacional de acreditación en el que se certifique que el servicio técnico cumple los requisitos establecidos en el presente Reglamento, la autoridad de homologación designadora remitirá a la Comisión documentos que certifiquen la competencia del servicio técnico y las disposiciones adoptadas para garantizar que el servicio técnico es supervisado periódicamente por la autoridad de homologación designadora y cumple los requisitos establecidos en el presente Reglamento y en los actos adoptados en virtud de este. 4.   La autoridad de homologación que pretenda ser designada como servicio técnico con arreglo al artículo 40, apartado 2, documentará la conformidad mediante una evaluación realizada por inspectores independientes de la actividad que se esté evaluando. Estos inspectores podrán proceder de la misma organización siempre que sean gestionados por separado con respecto al personal dedicado a la actividad evaluada. 5.   El servicio técnico interno acreditado deberá cumplir las disposiciones pertinentes del presente artículo.
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