Art. 17

Divulgación de información sobre el riesgo de ajuste de valoración del crédito

En vigor desde 29 nov 2024
Artículo 17 Divulgación de información sobre el riesgo de ajuste de valoración del crédito Las entidades divulgarán la información a que se refieren el artículo 438, letras d) y h), el artículo 439, letra h), y el artículo 445 bis del Reglamento (UE) n.o 575/2013, tal como se especifica en la sección 16 — «Divulgación de información sobre el ajuste de valoración del crédito» del anexo I.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2024:3172:oj#art-17

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil