Art. 3

Recepción de la solicitud de autorización y acuse de recibo

En vigor desde 31 oct 2024
Artículo 3 Recepción de la solicitud de autorización y acuse de recibo Las autoridades competentes enviarán un acuse de recibo al solicitante en formato electrónico, en papel o en ambos formatos. Dicho acuse de recibo incluirá los datos de contacto del departamento, la función o el miembro del personal de la autoridad competente a cargo de tramitar la solicitud.
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