Art. 3
Recepción de la solicitud de autorización y acuse de recibo
En vigor desde 31 oct 2024
Artículo 3
Recepción de la solicitud de autorización y acuse de recibo
Las autoridades competentes enviarán un acuse de recibo al solicitante en formato electrónico, en papel o en ambos formatos. Dicho acuse de recibo incluirá los datos de contacto del departamento, la función o el miembro del personal de la autoridad competente a cargo de tramitar la solicitud.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2025:306:oj#art-3