Art. 260

Auditoría externa por parte del Tribunal de Cuentas

En vigor desde 23 sept 2024
Artículo 260 Auditoría externa por parte del Tribunal de Cuentas El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión informarán con la mayor brevedad al Tribunal de Cuentas de todas las decisiones y actos que hubieren adoptado en cumplimiento de los artículos 12, 16, 21, 29, 30, 32 y 43.
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