Art. 202

Criterios de concesión

En vigor desde 23 sept 2024
Artículo 202 Criterios de concesión Los criterios de concesión deberán permitir: a) evaluar la calidad de las propuestas presentadas respecto de los objetivos y prioridades establecidos y de los resultados esperados; b) conceder subvenciones a las acciones o programas de trabajo que optimicen la eficacia global de la financiación de la Unión; c) evaluar las solicitudes de subvención.
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