Art. 202
Criterios de concesión
En vigor desde 23 sept 2024
Artículo 202
Criterios de concesión
Los criterios de concesión deberán permitir:
a)
evaluar la calidad de las propuestas presentadas respecto de los objetivos y prioridades establecidos y de los resultados esperados;
b)
conceder subvenciones a las acciones o programas de trabajo que optimicen la eficacia global de la financiación de la Unión;
c)
evaluar las solicitudes de subvención.
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