Art. 135

Bonificaciones de tipos de interés y subvenciones de comisiones de garantías

En vigor desde 23 sept 2024
Artículo 135 Bonificaciones de tipos de interés y subvenciones de comisiones de garantías 1.   Las bonificaciones de tipos interés y las subvenciones de comisiones de garantías se concederán con arreglo al título X cuando estén combinadas en una única medida con instrumentos financieros. 2.   Las bonificaciones de tipos interés y las subvenciones de comisiones de garantías que no estén combinadas en una única medida con instrumentos financieros podrán concederse de conformidad con el título VI u VIII.
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