Art. 22

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 31 jul 2024
Artículo 22 Entrada en vigor y aplicación El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El artículo 20, apartado 2, se aplicará a partir del 3 de marzo de 2027.
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