Art. 9
Intercambios de mensajes
En vigor desde 5 jul 2024
Artículo 9
Intercambios de mensajes
1. Los Estados miembros velarán por que las puertas IETM que establezcan, así como los AAP y las aplicaciones de usuario de sus autoridades competentes, comuniquen y puedan recibir comunicaciones en un formato normalizado de intercambio de mensajes. Para la comunicación entre las puertas IETM y entre estas y las plataformas IETM, se utilizará el formato XML.
2. Toda comunicación entre puertas IETM tendrá lugar como intercambio de mensajes a través de los puntos de acceso de eDelivery, de conformidad con las especificaciones de intercambio de mensajes de eDelivery, y utilizando el mecanismo de descubrimiento estático de eDelivery.
3. El intercambio de mensajes a través de los puntos de acceso de eDelivery, de conformidad con las especificaciones de intercambio de mensajes de eDelivery, y utilizando el mecanismo de descubrimiento dinámico de eDelivery, también estará habilitado para la comunicación entre las puertas IETM y las plataformas IETM.
4. Cuando un Estado miembro ya haya establecido especificaciones equivalentes, definidas a nivel nacional, para el intercambio seguro de mensajes en los servicios públicos digitales, podrá optar por permitir que la comunicación entre las plataformas IETM y la puerta IETM establecida por ese Estado miembro tenga también lugar sobre la base de dichas especificaciones equivalentes en materia de intercambio de mensajes. En tales casos, los Estados miembros velarán por que dichas especificaciones, debidamente detalladas y actualizadas, estén a disposición del público.
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