Art. 17

Derogación

En vigor desde 27 jun 2024
Artículo 17 Derogación 1.   El Reglamento (UE) n.o 1073/2013 del Banco Central Europeo (BCE/2013/38) se deroga con efectos a partir del 1 de diciembre de 2025. 2.   Las referencias al reglamento derogado, Reglamento (UE) n.o 1073/2013 (BCE/2013/38), se entenderán hechas al presente Reglamento y se interpretarán de acuerdo con el cuadro de correspondencias del anexo V.
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