Art. 42

Mecanismo de agregación de la demanda y la compra conjunta de gas natural

En vigor desde 13 jun 2024
Artículo 42 Mecanismo de agregación de la demanda y la compra conjunta de gas natural La Comisión establecerá un mecanismo voluntario para la agregación de la demanda y la compra conjunta de gas natural en virtud de los artículos 43 a 49.
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