Art. 35
Comité Europeo de Materias Primas Fundamentales
En vigor desde 11 abr 2024
Artículo 35
Comité Europeo de Materias Primas Fundamentales
1. Queda establecido el Comité Europeo de Materias Primas Fundamentales (en lo sucesivo, «Comité»).
2. El Comité asesorará a la Comisión y desempeñará las funciones establecidas en el presente Reglamento.
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