Art. 35

Comité Europeo de Materias Primas Fundamentales

En vigor desde 11 abr 2024
Artículo 35 Comité Europeo de Materias Primas Fundamentales 1.   Queda establecido el Comité Europeo de Materias Primas Fundamentales (en lo sucesivo, «Comité»). 2.   El Comité asesorará a la Comisión y desempeñará las funciones establecidas en el presente Reglamento.
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