Art. 2
Modificaciones del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 923/2012
En vigor desde 10 abr 2024
Artículo 2
Modificaciones del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 923/2012
El Reglamento de Ejecución (UE) n.o 923/2012 se modifica como sigue:
1)
El artículo 2 se modifica como sigue:
a)
el punto 85 se sustituye por el texto siguiente:
«85)
“giroavión”: una aeronave propulsada por motor, más pesada que el aire, que se mantiene en vuelo principalmente gracias a la sustentación generada por hasta dos rotores;»;
b)
se insertan los puntos siguientes:
«85 bis)
“helicóptero”: un tipo de giroavión que se mantiene en vuelo principalmente en virtud de la reacción del aire sobre un máximo de dos rotores propulsados por motor que giran alrededor de ejes verticales o casi verticales;
85 ter)
“aeronave con capacidad VTOL (despegue y aterrizaje vertical) (VCA)”: una aeronave propulsada por motor, más pesada que el aire, distinta de un avión o un giroavión, con capacidad de despegue y aterrizaje vertical mediante unidades de sustentación y empuje utilizadas para proporcionar sustentación durante el despegue y el aterrizaje;»;
c)
se inserta el punto siguiente:
«94
bis) “combustible mínimo”: el término utilizado para describir una situación en que el combustible o la energía restantes de la aeronave es tal que el vuelo debe aterrizar en un aeródromo específico y no puede aceptarse ninguna demora adicional;»
2)
El anexo se modifica de conformidad con el anexo II del presente Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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