Art. 1

Estimación de los gastos de los supervisores principales en el desempeño de sus funciones de supervisión

En vigor desde 22 feb 2024
Artículo 1 Estimación de los gastos de los supervisores principales en el desempeño de sus funciones de supervisión 1.   Cada año, el supervisor principal y las demás Autoridades Europeas de Supervisión estimarán los costes totales anuales que se espera que se generen en el marco del desempeño de sus funciones de supervisión. El importe de los costes totales anuales estimados constituirá la base sobre la que se determinará el importe total en concepto de tasas de supervisión. 2.   Al estimar los costes totales anuales, el supervisor principal tendrá en cuenta los siguientes costes directos e indirectos: a) los costes relacionados con la designación de proveedores terceros de servicios de TIC como esenciales; b) los costes relacionados con el nombramiento del supervisor principal; c) los costes relacionados con la supervisión real de los proveedores terceros esenciales de servicios de TIC, incluidos los siguientes: i) costes relacionados con el trabajo realizado por el equipo de examen conjunto; ii) costes del asesoramiento prestado por expertos independientes; d) costes relacionados con el seguimiento de las recomendaciones formuladas por los supervisores principales de conformidad con el artículo 35, apartado 1, letra d), del Reglamento (UE) 2022/2554; e) costes relacionados con la gobernanza del marco de supervisión.
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