Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación

En vigor desde 20 feb 2024
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación El presente Reglamento establece niveles máximos específicos de contaminación cruzada en piensos no destinatarios para los principios activos antimicrobianos enumerados en el anexo II del Reglamento (UE) 2019/4, así como métodos de análisis de dichos principios activos antimicrobianos en piensos, conforme a lo dispuesto en el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (UE) 2019/4.
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