Art. 5

Prohibiciones relativas a productos y aparatos que contienen sustancias que agotan la capa de ozono o cuyo funcionamiento depende de ellas

En vigor desde 7 feb 2024
Artículo 5 Prohibiciones relativas a productos y aparatos que contienen sustancias que agotan la capa de ozono o cuyo funcionamiento depende de ellas 1.   Se prohibirá la introducción en el mercado y cualquier suministro posterior o puesta a disposición de otra persona en la Unión, previo pago o a título gratuito, de productos y aparatos que contengan sustancias que agotan la capa de ozono enumeradas en el anexo I o cuyo funcionamiento dependa de ellas. 2.   Se prohibirá la importación o exportación de productos y aparatos que contengan sustancias que agotan la capa de ozono enumeradas en el anexo I o cuyo funcionamiento dependa de ellas. Dicha prohibición no se aplicará a los efectos personales.
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