Art. 2
Ámbito de aplicación
En vigor desde 7 feb 2024
Artículo 2
Ámbito de aplicación
El presente Reglamento se aplica a:
a)
las sustancias que agotan la capa de ozono enumeradas en los anexos I y II y a sus isómeros, solos o presentes en una mezcla, y
b)
los productos y aparatos, y sus partes, que contengan sustancias que agotan la capa de ozono o cuyo funcionamiento dependa de ellas.
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