Art. 18

Período de validez de los certificados EUCC relativos a perfiles de protección

En vigor desde 31 ene 2024
Artículo 18 Período de validez de los certificados EUCC relativos a perfiles de protección 1.   El organismo de certificación establecerá un período de validez para cada certificado EUCC. 2.   Dicho período de validez será, como máximo, equivalente a la duración del perfil de protección de que se trate.
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